Blog Educativo Fernando de Jesús Izaguirre Gonzalez
Blog Educativo. Este es un blog creado para compartir y aplicar los conocimientos adquiridos durante el cuarto cuatrimestre de la Maestría en Educación en la Universidad Interamericana para el Desarrollo UNID, en la Asignatura Virtual: Comunicación Educativa. Espero que el contenido aquí expuesto sea de utilidad y agrado para quienes visitan este espacio
viernes, 3 de febrero de 2017
Proyecto comunicación educativa segunda parte Fernando de Jesús Izaguirre González
Proyecto comunicación educativa segunda parte Fernando de Jesús Izaguirre González
Uso de la Tecnología como complemento a la enseñanza.
Uso de la Tecnología como complemento a la enseñanza.
División de Poderes en México
División de poderes en México
Objetivo
•Identificar
las características básicas de los tres poderes que conforman un Estado de
derecho democrático.
Introducción
•El
principio de división de poderes es una de las bases del constitucionalismo
actual.
•Cabe
recordar la función inicial de los impulsores de este principio era evitar la
concentración de poder en perjuicio de los individuas a favor de los cuales
debería operar
•En
esta presentación analizaremos cuales son las funciones de los tres poderes en
México, de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
División de Poderes se encuentra contemplado en el Artículo 49 de la constitución.
•La
organización política de México divide el ejercicio del poder público en tres
poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
•Cada
uno de ellos realiza funciones específicas que la Constitución Mexicana
expresa; sin embargo, no laboran aisladamente, mantienen relaciones necesarias
que enriquecen su que hacer constitucional.
División de Poderes
Definición
Poder
Ejecutivo
Artículos 81 al 94 de la Constitución
•Está
depositado en una sola persona, el Presidente de la República, quien es electo
en directa, secreta y por mayoría, dura 6 años en su cargo.
•Para
ser presidente se requiere: ser mexicano por nacimiento, tener 35 años
cumplidos, no ser ministro de algún culto, no estar en servicio activo en el
ejercito, no ser alto funcionario publico, a menos que se separe 6 meses antes
de la elección
•Son facultades del presidente de la república:
-Organizar y dirigir la política y administración pública, a través de las secretarías de Estado y otras dependencias.
-Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión.
-Nombrar a los secretarios de Estado.
-Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales con aprobación del Senado.
-Designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia y a los magistrados de los tribunales federales.
-Nombrar a los agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado.
-Declarar la guerra.
Poder
legislativo
Artículos 50 al 79 de la Constitución
•Tiene la facultad de elaborar las leyes.
En México, el poder Legislativo se deposita en un Congreso General (Congreso de
la Unión), constituido por la Cámara de Senadores (representantes directos de
los ciudadanos de los estados) y por la Cámara de Diputados.
•La Cámara de Diputados se compone de 300
diputados uninominales y 200 diputados plurinominales, y duran en su encargo 3
años.
•La Cámara de Senadores, se compone de 128
miembros, los cuales duran en su puesto 6 años.
PODER JUDICIAL ARTÍCULOS 94 AL 107 DE LA CONSTITUCIÓN
La
función principal del poder Judicial consiste en la administración de justicia,
es decir, se encarga de conocer y resolver los conflictos que surgen entre los
órganos del poder público:
Órganos del poder público
entre
el poder público
y
los particulares o entre los particulares.
Conclusión
•El
principio de separación de poderes del Estado ha jugado un rol fundamental en
la ordenación del poder político, condicionando la organización del propio
Estado.
•En
la actualidad se han desarrollado nuevos mecanismos de interacción de los
poderes del Estado, tanto en cuanto representantes de la soberanía nacional,
los cuales coordinadamente desarrollan sus funciones, limitándose
recíprocamente.
•La
organización política de México divide el ejercicio del poder público en tres
poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
•Cada
uno de ellos realiza funciones específicas que la Constitución Mexicana
expresa; sin embargo, no laboran aisladamente, mantienen relaciones necesarias
que enriquecen su que hacer constitucional.
División de Poderes
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Definición
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Poder
Ejecutivo
Artículos 81 al 94 de la Constitución |
•Está
depositado en una sola persona, el Presidente de la República, quien es electo
en directa, secreta y por mayoría, dura 6 años en su cargo.
•Para
ser presidente se requiere: ser mexicano por nacimiento, tener 35 años
cumplidos, no ser ministro de algún culto, no estar en servicio activo en el
ejercito, no ser alto funcionario publico, a menos que se separe 6 meses antes
de la elección
•Son facultades del presidente de la república:
-Organizar y dirigir la política y administración pública, a través de las secretarías de Estado y otras dependencias.
-Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión.
-Nombrar a los secretarios de Estado.
-Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales con aprobación del Senado.
-Designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia y a los magistrados de los tribunales federales.
-Nombrar a los agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado.
-Declarar la guerra.
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Poder
legislativo
Artículos 50 al 79 de la Constitución |
•Tiene la facultad de elaborar las leyes.
En México, el poder Legislativo se deposita en un Congreso General (Congreso de
la Unión), constituido por la Cámara de Senadores (representantes directos de
los ciudadanos de los estados) y por la Cámara de Diputados.
•La Cámara de Diputados se compone de 300
diputados uninominales y 200 diputados plurinominales, y duran en su encargo 3
años.
•La Cámara de Senadores, se compone de 128
miembros, los cuales duran en su puesto 6 años.
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PODER JUDICIAL ARTÍCULOS 94 AL 107 DE LA CONSTITUCIÓN |
La
función principal del poder Judicial consiste en la administración de justicia,
es decir, se encarga de conocer y resolver los conflictos que surgen entre los
órganos del poder público:
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Órganos del poder público
|
entre
el poder público
| y los particulares o entre los particulares. |
•El
principio de separación de poderes del Estado ha jugado un rol fundamental en
la ordenación del poder político, condicionando la organización del propio
Estado.
•En
la actualidad se han desarrollado nuevos mecanismos de interacción de los
poderes del Estado, tanto en cuanto representantes de la soberanía nacional,
los cuales coordinadamente desarrollan sus funciones, limitándose
recíprocamente.
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